Herramienta gratuita · Estimación directa

Calculadora Modelo 130

Calcula el pago fraccionado trimestral del IRPF para autónomos en estimación directa. Introduce los datos acumulados del año y obtén el importe exacto a pagar.

1T
Ene – Mar
2T
Ene – Jun
3T
Ene – Sep
4T
Ene – Dic
Total ingresos de tu actividad desde enero hasta el final del trimestre
Incluye cuota autónomos, alquiler, suministros, material, etc.
Suma del IRPF que te han retenido en tus facturas desde enero
Lo pagado en anteriores Modelo 130 de este año
Cómo se calcula · Fórmula oficial
Ingresos acumulados 0,00 €
Gastos deducibles acumulados 0,00 €
= Rendimiento neto acumulado 0,00 €
× Tipo de retención 20%
Retenciones soportadas 0,00 €
Pagos fraccionados anteriores 0,00 €
= Resultado Modelo 130 0,00 €
A ingresar
0,00 €

¿Cómo se calcula el Modelo 130?

El Modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF que deben presentar los autónomos en estimación directa. La fórmula oficial es:

(Ingresos − Gastos) × 20% − Retenciones soportadas − Pagos anteriores = Cuota a pagar

Los datos son acumulados desde enero, no solo del trimestre. Si en el segundo trimestre introduces solo los datos de abril a junio obtendrás un resultado incorrecto — tienes que incluir también enero a marzo.

Si el resultado es negativo o cero El importe a pagar es 0€ — Hacienda no te devuelve la diferencia en este modelo. La diferencia se compensará en la declaración anual de la renta (junio del año siguiente).

Plazos de presentación 2026

1T — Enero a Marzo
Primer trimestre
Hasta el 20 de abril de 2026
2T — Enero a Junio
Segundo trimestre
Hasta el 20 de julio de 2026
3T — Enero a Septiembre
Tercer trimestre
Hasta el 20 de octubre de 2026
4T — Enero a Diciembre
Cuarto trimestre
Hasta el 30 de enero de 2027

¿Quién está exento del Modelo 130?

No tienes que presentar el Modelo 130 si más del 70% de tus ingresos lleva retención de IRPF. En ese caso, los pagadores ya adelantan suficiente IRPF a Hacienda en tu nombre a través de las retenciones.

Para saber si estás exento: suma todas las retenciones que te practican tus clientes y divídelas entre tus ingresos totales. Si el porcentaje supera el 70%, estás exento. Si está por debajo, debes presentar el 130.

Gastos deducibles más habituales en el Modelo 130 Cuota de autónomos · Alquiler del local u oficina · Suministros (luz, teléfono, internet) · Material de oficina · Formación relacionada con la actividad · Seguros profesionales · Asesoría y gestoría · Amortización de equipos · Gastos de transporte y desplazamiento.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 130
Sí. Aunque el resultado sea 0 o negativo, si no estás exento del Modelo 130 debes presentarlo igualmente en plazo. Presentarlo con resultado cero (a deducir o negativo) se denomina "resultado a deducir" o "sin actividad". No presentarlo a tiempo conlleva sanción aunque no haya cantidad a pagar.
No. El Modelo 130 son pagos a cuenta del IRPF anual. La declaración de la renta (Modelo 100) se presenta cada año entre abril y junio, y en ella se regulariza la diferencia entre lo que has pagado durante el año (mediante retenciones y pagos fraccionados) y lo que te corresponde pagar en total.
Sí, pero con limitaciones. Si trabajas desde casa puedes deducir el 30% de los gastos de suministros (luz, agua, teléfono, internet) proporcionales a la parte de la vivienda destinada a la actividad. Para ello debes haber comunicado a Hacienda que ejerces la actividad en tu domicilio en el alta (Modelo 037). El alquiler de la vivienda habitual no es deducible como gasto de actividad.
¿Cansado de calcular el Modelo 130 a mano cada trimestre?
FacturaX registra tus facturas de ingresos y gastos automáticamente y calcula el Modelo 130 en tiempo real. Al final del trimestre ya tienes el dato listo.
Ver el panel →
14 días gratis · Sin tarjeta