Un autónomo que factura 40.000€ y deduce correctamente sus gastos puede ahorrar entre 3.000€ y 6.000€ al año en impuestos respecto a uno que no lo hace. No por evadir — por ejercer el derecho que Hacienda reconoce expresamente.
Las tres reglas de oro de la deducibilidad
Antes de la lista, las reglas que determinan si un gasto es deducible:
Lista completa de gastos deducibles
Cuota de autónomos y Seguridad Social
La cuota mensual que pagas a la Seguridad Social como autónomo es 100% deducible en IRPF como gasto de la actividad. En 2026, con el sistema de cuotas por tramos de ingresos reales, esta cifra puede variar bastante entre autónomos.
También son deducibles las cotizaciones por colaboradores (cónyuge u otros familiares dados de alta como autónomos colaboradores).
Oficina, coworking y trabajo desde casa
| Gasto | Deducción IRPF | Deducción IVA | Condición |
|---|---|---|---|
| Alquiler de oficina dedicada | 100% | 100% | Uso exclusivo profesional |
| Coworking (cuota mensual) | 100% | 100% | Con factura a tu nombre/NIF |
| Parte del alquiler vivienda habitual | % proporcional | No deducible | Superficie usada × % actividad |
| Parte de suministros (luz, internet) | 30% del % proporcional | No deducible | Ligado a la deducción del alquiler |
Tecnología y software
- Ordenador, tablet, pantalla — 100% si es de uso exclusivo profesional. Si es mixto, en proporción al uso. Se amortiza en varios años (generalmente 25% anual para equipos informáticos).
- Software y suscripciones — 100% si es para la actividad: Adobe Creative Cloud, herramientas de diseño, gestión de proyectos, contabilidad, etc.
- Dominio y hosting — 100% deducible si es para tu página web profesional.
- Teléfono móvil — 50% si es de uso mixto personal y profesional. El 100% si tienes una línea exclusivamente profesional.
- Conexión a internet — si trabajas desde casa, el % proporcional a la superficie de trabajo. Si tienes oficina aparte, 100%.
Vehículo y transporte
El vehículo es el gasto más complicado y donde Hacienda más pone el ojo:
- Vehículo propio: deducible al 100% solo si lo usas exclusivamente para actividades de transporte (taxistas, repartidores, comerciales con vehículo de empresa). Para el resto, Hacienda presume que el uso es mixto y suele rechazar la deducción total.
- Gasolina y parking: misma regla — deducibles solo en la proporción de uso profesional demostrable.
- Viajes en tren o avión: 100% deducibles si son por motivos de trabajo (con la factura y poder justificar el motivo del viaje).
- Taxi y Uber: deducibles si son desplazamientos por trabajo, con factura.
Formación y desarrollo profesional
- Cursos relacionados con tu actividad — 100% deducibles. Un programador puede deducir cursos de programación; un diseñador, cursos de diseño.
- Libros y publicaciones profesionales — 100% si son para la actividad.
- Suscripciones a publicaciones del sector — 100% con factura.
- Asistencia a conferencias y eventos profesionales — 100%, incluyendo la inscripción y desplazamiento.
Otros gastos habituales
- Publicidad y marketing — anuncios en Google Ads, Meta, diseño de logo, tarjetas de visita, etc. 100% deducibles.
- Asesoría fiscal y gestoría — ironía pura: los honorarios de tu gestor son 100% deducibles.
- Material de oficina — papel, bolígrafos, tóner, etc. 100% con factura.
- Servicios bancarios — comisiones de tu cuenta bancaria profesional (no la personal).
- Dietas y restaurantes — deducibles con límites: 26,67€/día en España, 48,08€/día en el extranjero. Solo si son en municipio distinto al de tu lugar de trabajo habitual.
Cada gasto queda asignado a su categoría contable (621, 629, 640...) para que al final del año tengas el desglose exacto que necesitas para la renta.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir gastos de antes de darme de alta como autónomo?
No directamente. Los gastos realizados antes del alta oficial no son deducibles en IRPF. Sin embargo, si compraste equipamiento antes del alta con la intención de usarlo en la actividad, puedes incluirlo como bien de inversión y amortizarlo desde el momento del alta.
¿Qué pasa si Hacienda no acepta un gasto deducido?
Hacienda puede requerir justificación de cualquier gasto. Si no puedes demostrar la vinculación con tu actividad, el gasto se rechaza y tendrás que pagar el impuesto correspondiente más intereses. Por eso es fundamental guardar facturas, correos que justifiquen la relación con la actividad, etc.
¿Puedo deducir el IVA de todos estos gastos?
Solo el IVA de gastos con afectación exclusiva o proporcional demostrable a tu actividad. Y en algunos casos (trabajo desde casa, vehículo mixto) el IVA soportado directamente no es deducible aunque el gasto sí lo sea en IRPF.